Conceptos jurídicos básicos
Cómo funciona realmente el derecho de familia en Utah: la versión en lenguaje sencillo.
El divorcio en Utah
En Utah hay dos tipos de divorcio: contencioso y de mutuo acuerdo. La diferencia es sencilla. Si usted y su cónyuge están de acuerdo en todo —quién se queda con qué, dónde vivirán los hijos, quién paga la pensión alimenticia—, pueden solicitar un divorcio de mutuo acuerdo y tramitarlo en unos 45 a 90 días tras el periodo de espera obligatorio de 30 días en Utah. Si no están de acuerdo en algo, se considera un divorcio contencioso, y puede tardar entre meses y un año.
La mayoría de los divorcios «de mutuo acuerdo» se inician pensando que lo son, pero al final resulta que no lo son. Es algo habitual. Por eso, un abogado especializado en derecho de familia realiza una primera consulta telefónica antes de que se presente la demanda: para determinar en qué situación se encuentra realmente.
Custodia de los hijos: la regla de las 111 noches
En Utah, la custodia se divide en dos aspectos: la custodia legal (quién toma las decisiones —en materia escolar, médica y religiosa—) y la custodia física (dónde duermen los niños). El número más importante es el 111.
La legislación de Utah establece que, para que un progenitor tenga la custodia física compartida sobre el papel, los hijos deben pasar al menos 111 noches al año con él. Si el número de noches es inferior, se aplica un régimen de custodia principal más tiempo de visita; si es superior, se considera custodia física compartida.
Esa cifra influye en casi todos los litigios por la custodia en este estado: los calendarios, el cálculo de la pensión alimenticia y los casos de traslado. Además, es una de las primeras cosas que calculamos en la consulta.
Pensión alimenticia
En Utah se utiliza una fórmula. La fórmula tiene en cuenta los ingresos brutos de ambos progenitores, el número de hijos y el acuerdo de custodia, y da como resultado una cantidad mensual. Puedes consultarla en la página web del estado.
Pero la fórmula parte de la base de que los ingresos se declaran con honestidad. Si tu ex tiene un negocio y se lleva la mayor parte de sus ingresos en forma de «retiradas», o si de repente ha sido «despedido» el mes anterior a la presentación de la demanda, la fórmula ya no es la solución: lo que hay que hacer es solicitar la divulgación de pruebas. Ahí es donde realmente se resuelven muchos casos de custodia.
Si tu ex deja de pagar, la Oficina de Servicios de Recuperación (ORS) de Utah puede embargar su salario, retener sus devoluciones de impuestos, suspender sus permisos y, en casos graves, solicitar penas de cárcel por desacato al tribunal. Son medidas eficaces, pero lentas. A veces, una solicitud de ejecución privada se tramita más rápido.
Una norma importante de Utah que se malinterpreta con facilidad: el tribunal trata la pensión alimenticia y el régimen de visitas como cuestiones independientes. Por lo general, no está permitido denegar el régimen de visitas porque el otro progenitor esté atrasado en el pago de la pensión alimenticia, y hacerlo puede perjudicar su posición en el proceso de custodia.
La paternidad en Utah
En el caso de los padres solteros, el reconocimiento de la paternidad es un requisito previo para las órdenes de custodia y manutención. En Utah, la paternidad se reconoce mediante una «Declaración voluntaria de paternidad» firmada por ambos padres, o mediante una resolución judicial, que suele ir acompañada de pruebas de ADN. Hasta que no se haya establecido legalmente la paternidad, es posible que el padre biológico no tenga derechos reconocidos en materia de custodia o de régimen de visitas.
Pensión alimenticia: los factores de Jones
Los tribunales de Utah se basan en siete factores (derivados del caso Jones contra Jones, recogidos en el artículo 30-3-5 del Código de Utah) para determinar la pensión alimenticia:
- La situación económica y las necesidades del cónyuge beneficiario
- La capacidad de generar ingresos del beneficiario
- La capacidad de pago del cónyuge obligado al pago
- La duración del matrimonio
- Si el destinatario tiene la custodia de hijos menores
- Si el beneficiario trabajaba en la empresa del cónyuge que pagaba
- Si hubo culpa en el divorcio (incluido el adulterio, el maltrato o el despilfarro de los bienes)
Los matrimonios de corta duración rara vez dan lugar a una pensión alimenticia a largo plazo. En cambio, los matrimonios de larga duración en los que uno de los cónyuges se ha quedado en casa para criar a los hijos casi siempre lo hacen. La mayoría de las resoluciones de pensión alimenticia en Utah no duran más que el propio matrimonio.
Antes de que la mayoría de los divorcios litigiosos lleguen a juicio, el estado de Utah exige la mediación: un tercero neutral ayuda a ambas partes a intentar llegar a un acuerdo. La mediación suele dar buenos resultados con sorprendente frecuencia, incluso en casos que al principio parecen imposibles. Es más económica, más rápida y evita que tu vida se haga pública en un juicio.
El proceso del tribunal de familia de Utah
Utah cuenta con un único sistema judicial estatal, por lo que el proceso que se describe a continuación es prácticamente el mismo en todo el estado. En el condado de Weber, los asuntos de familia se tramitan en el Tribunal del Segundo Distrito Judicial. Este es el procedimiento a seguir:
Se ha presentado una petición
El caso queda oficialmente abierto.
Servicio
La otra parte recibe los documentos, normalmente a través de un agente judicial.
Respuesta
La otra parte dispone de 21 días (30 si la notificación se ha realizado fuera del estado) para presentar un escrito de contestación.
Órdenes provisionales
Si necesita una resolución sobre la custodia o la pensión alimenticia de inmediato, un juez de familia tramitará la solicitud en unas pocas semanas.
Descubrimiento
Ambas partes intercambian documentos e información financiera. A menudo, es la fase más larga.
Mediación
En la mayoría de los casos, es obligatorio antes del juicio.
Juicio o acuerdo
La mayoría de los casos se resuelven mediante un acuerdo. Otros no.
Decreto
El tribunal dicta las resoluciones definitivas. Ya está.
El proceso completo puede durar entre 30 y 45 días (si no hay oposición y las partes llegan a un acuerdo) y entre 6 y 18 meses o más (si hay oposición, dependiendo de las partes, la fase de presentación de pruebas, la complejidad del caso y el grado de litigiosidad). En la primera consulta le indicaremos a cuál de estos dos extremos se acerca más.
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